Plena Inclusión Madrid

Familias en situación de vulnerabilidad económica pueden solicitar ya una nueva ayuda de 200€

Texto lectura fácil(acordeón)

El Gobierno ha aprobado una nueva ayuda
para familias que tienen más dificultades económicas.
Esta ayuda es de un pago de 200 euros.
El Gobierno calcula que esta ayuda
podrán recibirla 4 millones de familias.

¿Quiénes pueden pedirla?
Pueden pedir esta ayuda las personas que cumplen estas condiciones:

  • Viven en España por lo menos la mitad del año.
  • Tienen unos ingresos máximos de 27 mil euros.
  • Tienen un patrimonio máximo de 75 mil euros, sumado el patrimonio de todas las personas que viven en la misma casa.
    El patrimonio son bienes,
    por ejemplo, una casa o ahorros en el banco.
  • No recibir la ayuda del Ingreso Mínimo Vital,
    conocido por las iniciales IMV.
  • No recibir otras ayudas, por ejemplo, ayudas a niños
    o cualquier pensión de la Seguridad Social.
  • No ser propietario de una empresa
    o tener una parte de una empresa.
  • No ser administrador de una empresa.

Pueden pedir esta ayuda:

  • Las personas que reciben la Renta Mínima de Inserción.
  • Las personas que reciben ayudas
    por hijos con o sin discapacidad.
    Estas personas pueden pedir la ayuda si cumplen todas las condiciones.

¿Cuándo la pueden pedir?
Del miércoles 15 de febrero al viernes 31 de marzo.

¿Cómo la pueden pedir?
A través de la página web de la Agencia Tributaria
Hay un formulario que tienen que rellenar las personas interesadas.

¿Hay alguna ayuda para hacer la solicitud?
Sí, hay un documento informativo y un vídeo explicativo
que explican cómo rellenar el formulario.

Desde el pasado 15 de febrero y hasta el 31 de marzo, aquellas familias en situación de vulnerabilidad económica que cumplan con determinados requisitos podrán solicitar la nueva ayuda de 200€ impulsada por el Gobierno y que según el Ejecutivo podrá beneficiar a más de cuatro millones de hogares.

Aquellas personas y sus convivientes que deseen solicitar esta ayuda, habrán de demostrar respecto a 2022, su residencia habitual en España durante al menos durante más de 183 días; no superar los 27.000€ íntegros de rentas y 75.000€ de patrimonio (incluyendo a las personas convivientes del domicilio cuyas rentas no superen los 8.000€); no haber percibido el IMV, ayuda a la infancia o pensión de la Seguridad Social en régimen general o especial, y no haber sido administradores de una sociedad activa, titulares de acciones o participaciones no cotizadas.

Particularidades

Según la información que se recoge en la web de la Agencia Tributaria, los beneficiarios de rentas mínimas de inserción otorgadas por las CCAA sí tienen derecho a la ayuda de 200 euros, siempre que cumplan el resto de requisitos, ya que dichas ayudas no pueden calificarse como pensiones abonadas por el Régimen general o especiales de la Seguridad social.

Por otro lado, en el caso de las asignaciones económicas por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33% en vigor no tienen consideración de Ingreso Mínimo Vital y, por tanto, sí tendrán derecho a la ayuda de 200 euros, siempre que cumplan el resto de requisitos.

Cómo solicitarlo

Esta ayuda debe solicitarse únicamente a través de la página web de la Agencia Tributaria rellenando el formulario que se ha habilitado para ello. Para facilitar el trámite a las familias, se ha habilitado un documento informativo y un vídeo explicativo sobre la cumplimentación del formulario. 

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